SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0194/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0194/2015-S2

Fecha: 25-Feb-2015

a)

Hernán Vásquez Parada y Juan Carlos Calcina Quispe, Asesores Jurídicos de la ANAPOL, en representación de José Manuel Rioja Claure, Víctor Eduardo Tineo Zeballos y Basilio Yujra Callisaya, Sub Director, Jefe del Departamento Académico y Segundo Vocal, respectivamente, todos de la Comisión de Régimen Disciplinario de la ANAPOL, por informe escrito cursante de fs. 243 a 246 y en audiencia señalaron lo siguiente: a) El 1 de mayo de 2013, la accionante, junto al enfermero de la Sanidad fue trasladada al Hospital Policial “Virgen de Copacabana” y de acuerdo al informe médico se presentó el siguiente diagnóstico: “Presenta un cuadro clínico de 7 horas de evolución, con dolor abdominal y sangrado vaginal, sangrado transa vaginal en estudio, en resumen aborto incompleto programando LUI bajo anestesia” (sic), es así, que se realizó el legrado correspondiente y de acuerdo al test y ecografías se informó que se presentó en la paciente: “signos en relación hiperplasia restos ovulares; laboratorio: test embarazo positivo” (sic); b) El 27 de mayo de 2013, se inició el proceso administrativo disciplinario por haber infringido el art. 39.B3 núm. 10) del Reglamento de Régimen Disciplinario de la Unidades Académicas de Grado de la UNIPOL, que cita: “Quedar en estado de gravidez y/o comprobarse medicamente la práctica de interrupción del embarazo”; c) El 28 de junio de 2013, los miembros de la Comisión de Régimen Disciplinario de la ANAPOL, resolvieron sancionarla con la baja definitiva de la unidad académica, por la trasgresión al artículo antes referido; y, d) De acuerdo a los exámenes médicos y pruebas presentadas, la ex dama cadete vulneró el derecho a la vida de un nuevo ser y basada en pruebas obtenidas ilícitamente pretende mantenerse en dicha académica policial.