SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0195/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0195/2015-S2

Fecha: 25-Feb-2015

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

Los abogados de la parte accionante, a tiempo de ratificar lo expuesto en la demanda de acción de libertad, en audiencia ampliaron la misma, sosteniendo que, el proceso se ha tramitado de forma irregular, por lo que, su pedido va en sentido de que la audiencia no sea suspendida sin que se emita una resolución debidamente fundamentada, se provean los recaudos necesarios para resguardar su seguridad y se resuelva por el abandono de querella, habiéndose advertido al abogado del Viceministerio por quinta vez, que adjunte el poder notarial, aspecto que se viene arrastrando desde hace un año.

Por otra parte, precisaron que las personas apostadas en pasillos del Juzgado, amenazaron con acabar con sus vidas y les restringieron su derecho a la libertad, toda vez que, desde las 15:30, hora en que terminó la audiencia hasta horas 17:00, estuvieron retenidos, sin mandamiento ni orden alguno; por lo que acuden a su autoridad para que oficie a la policía y realicen la acción directa contra éstas personas, dado que la acción de libertad también tutela el debido proceso, habiéndose configurado un tipo penal ante la existencia de medidas de hecho, por la permisión del Juez, quien no cumplió con su deber constitucional y legal de administrar los derechos de las personas.