SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0228/2015 S-1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0228/2015 S-1

Fecha: 26-Feb-2015

a)

Elva Gloria Fernández Mérida y Félix Choque Aliaga, en representación de Marcelino Quispe López, Presidente Ejecutivo a.i. de la COMIBOL, demandado, mediante informe escrito cursante de fs. 86 a 88 vta. -cuyos fundamentos fueron reiterados en audiencia-, señalaron que: a) Se encuentra pendiente de resolución el recurso jerárquico planteado por el accionante contra la RA 101-14, estando por ende abierta aún la vía administrativa de reclamo, lo que denota que no se observó el principio de subsidiariedad previsto por el art. 54.I del Código Procesal Constitucional (CPCo); y, b) Si bien el impetrante de tutela trabajó bajo dependencia de la Gerencia Nacional de Recursos Evaporíticos de la COMIBOL, ésta ciñe su actuar como un proyecto piloto para la futura industrialización de las salmueras del Salar de Uyuni, motivo por el cual se procedió a la suscripción de contratos de trabajo a plazo fijo; es decir, por un tiempo determinado, a objeto que el accionante realice diferentes tareas, no operando en consecuencia, la tácita reconducción, al no existir vínculo laboral entre el actor y la entidad demandada, ajustándose la duración de los contratos al vencimiento del plazo convenido.