SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0230/2015-S2
Fecha: 25-Feb-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Por nota enviada el 26 de marzo de 2014, dirigido al Presidente de la Asociación de Comerciantes Minoristas “Rene Barrientos Ortuño”, reiterada el 3 de julio del mismo año, habrían solicitado documentación, puntualmente: Informe de las cuatro últimas gestiones y de la actual, que comprenda los ingresos por concepto de cuotas mensuales de cada socio; alquileres de los puestos de venta habilitados en el sector vivanderas y dos puestos del sector anexo y vivienda Juan XXIII, e Informe de las auditorías realizadas a los informes económicos de las cuatro gestiones pasadas y la actual, no se les ha dado respuesta resolviendo en el fondo su petición, el actuar omisivo de Francisco Quispe Pérez Presidente de la ASCOREB vulnerando su derecho de petición consagrado en el art. 24 de la Constitución Política del Estado (CPE), pues cuando no se responde en un plazo razonable y cuando no se pone en conocimiento del peticionante.