SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0250/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0250/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

“sin lugar e improcedente”

El Tribunal Primero de Sentencia Penal del departamento de Oruro, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 8/2014 de 20 de agosto, cursante de fs. 41 a 43, declara “sin lugar e improcedente” la tutela solicitada, en base  a los siguientes fundamentos: a) Que la presente acción de libertad está fundamentada en el hecho de que Heriberto Mamani Quenta, se rehusó a expedir una certificación, que para el accionante este hecho constituyó un indebido procesamiento, por lo que solicitó se restablezcan las formalidades de procesamiento, dichos argumentos esgrimidos no se subsumen dentro de los presupuestos de la acción de libertad, que establece el art. 125 de la Constitución Política del Estado (CPE), no siendo este recurso la vía llamada por ley para lograr la exigencia de la extensión del certificado, enmarcándose el actuar, dentro lo establecido en la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz, que señala los deberes de toda servidora y servidor público, en caso de no cumplir, estaría omitiendo un deber y un mandato a una orden judicial, sancionados por esta Ley, por lo que ésta no sería la vía correspondiente; y, b) No se advierte que el demandado hubiera vulnerado el derecho a la libertad del accionante, no correspondiendo en consecuencia otorgar la tutela impetrada.