SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0255/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
denegó
La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituida en el Tribunal de garantías, mediante Resolución 5 de 21 de agosto de 2014, cursante de fs. 100 a 103 vta., denegó la tutela solicitada, en base a lo siguiente: a) Que la acción de libertad es un mecanismo de defensa constitucional extraordinario de carácter preventivo, correctivo y reparador, instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física, de locomoción en caso de detenciones, persecuciones o procesamientos ilegales, condiciones establecidas para este tipo de acciones constitucionales, previstas en el art. 125 de la CPE, hace mención a las Sentencias Constitucionales “1006/2014 y 480/2014”, referentes al apremio en materia de asistencia familiar; b) Señala que se debe tener en cuenta la particularidad de la pensión alimentaria, conforme el art. 14 del CF, que bajo el principio de interpretación constitucional pro homine, las necesidades de los menores de manera incuestionable deben ser cubiertas, tomando en cuenta el principio de favorabilidad, la norma expresa no está supeditada a ningún tipo de incidente o recurso, la obligación del cumplimiento de la pensión alimentaria es prioridad constitucional; y, c) Refiere que el fundamento central del accionante es la citación a través de edictos que se realizó por el desconocimiento del domicilio alegado por la demandante de asistencia familiar; sin embargo, se debe entrar en equilibrio con los derechos del demandado de asistencia familiar, bajo el respeto al debido proceso, quien en el incidente de nulidad alega el desconocimiento del proceso por haberse encontrado en el exterior, además de la existencia de pagos de remesa, los mismos que no se demuestran y el derecho de los menores a la necesidad de vida que en el tiempo ausente se tuvo que cubrir, lo contrario significaría la inexistencia de esta necesidad que tiene obligación suprema por norma.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR