SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0271/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0271/2015-S2

Fecha: 26-Feb-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

A partir de 25 de septiembre de 2012, desempeñó funciones como Consultora Individual de Línea (Operador ODECO Terminal Trinidad); habiendo sido contratada por la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes (ATT); el 31 de diciembre de 2012, concluyó su contrato de trabajo, continuando con su labor por determinación de la ATT, hasta el 21 de febrero de 2013, fecha en la que fue contratada en el mismo cargo, hasta el 20 de abril de 2013. A tiempo del cumplimiento del segundo contrato la accionante aduce haberse encontrado en estado de gestación, siendo éste hecho de conocimiento de la autoridad accionada por lo que su persona gozaba de inamovilidad; sin embargo, pese a su estado de gravidez fue apartada de sus funciones.

Ante ésta situación, acudió ante la Jefatura Departamental del Trabajo, Empleo y Previsión Social de Beni, instancia en que la autoridad –ahora demandada– no se presentó, ni contestó su denuncia, constituyendo su inconcurrencia prueba de todo lo demandado; emitiéndose posteriormente la Conminatoria de reincorporación 005/2014 de 16 de enero. Dicha conminatoria no fue cumplida, habiendo transcurrido superabundantemente el plazo establecido en la misma por lo que interpone la presente acción.