Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0075/2015-RCA
Fecha: 31-Mar-2015
1)
El accionante mediante su representante por memorial presentado el 2 de marzo de 2015, cursante de fs. 52 y vta., impugnó la Resolución 010/2015, con los siguientes argumentos: 1) El Tribunal de garantías en lugar de ampliar la cobertura de la acción de amparo constitucional, la redujo a casos específicos en contra del principio constitucional de progresividad; y, 2) Fue imposible impugnar el proveído de 31 de diciembre de 2014, dado que la autoridad jurisdiccional, negó el control respectivo, al reusarse conminar a la Fiscal de Materia asignada al caso, pretendiendo que la investigación se vuelva ad perpetum.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- II.2. Jurisprudencia reiterada sobre el principio de subsidiariedad en acción de amparo constitucional
- subsidiario porque no es posible utilizarlo si es que previamente no se agotó la vía ordinaria
- CONFIRMAR