Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0094/2015-CA
Fecha: 16-Mar-2015
Sala Segunda del Tribunal Agroambiental
En consulta la Resolución 43/2015 de 30 de enero, cursante a fs. 6 y vta., pronunciada por la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, por la que rechazó “in limine” la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Hormando Eguez Saucedo, demandando la inconstitucionalidad del párrafo tercero del art. 170 del Decreto Supremo (DS) 29215 de 2 de agosto de 2007, sin precisar artículos de la Constitución Política del Estado, considerados infringidos.
- Sala Segunda del Tribunal Agroambiental
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- Fragmento 3
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada