Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0061/2015
Fecha: 05-Mar-2015
III.2.
El art. 60.I de la LMAD, índica que el Estatuto Autonómico "...es la norma institucional básica de las entidades territoriales autónomas, de naturaleza rígida, cumplimiento estricto y contenido pactado, reconocida y amparada por la Constitución Política del Estado como parte integrante del ordenamiento jurídico, que expresa la voluntad de sus habitantes, define sus derechos y deberes, establece las instituciones políticas de las entidades territoriales autónomas, sus competencias, la financiación de éstas, los procedimientos a través de los cuales los órganos de la autonomía desarrollarán sus actividades y las relaciones con el Estado".
- b)
- c)
- I.2. Admisión:
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1)
- i)
- III.2.
- a)
- III.3.
- 'La presente consulta tiene por objeto garantizar la constitucionalidad de las preguntas que se elaboren para referendos nacionales, departamentales o municipales'
- 2. A iniciativa popular, la Presidenta o Presidente del Tribunal Electoral competente…'
- ¿Está usted de acuerdo con aprobar el proyecto de Estatuto Autonómico Departamental de Chuquisaca, en sus ciento trece artículos, dos disposiciones transitorias y una disposición final? SI-NO
- i) Criterio de claridad
- iv) Criterio de permisibilidad
- CONSTITUCIONALIDAD