Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0017/2015 de 4 de marzo, por los siguientes fundamentos de orden constitucional y legal.
Fecha: 04-Mar-2015
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA
La SCP 0017/2015, declara competente al Tribunal de Sentencia Penal de Sacaba, provincia Chapare del departamento de Cochabamba, para el conocimiento del proceso penal seguido por el Ministerio Público y a querella particular de María del Carmen Taborga García y Marisol Ana Taborga García contra Valentín Sánchez Revollo, Constantino Sánchez Revollo y Mario Hinojosa Cadima, por la presunta comisión de los delitos de amenazas, daño calificado y coacción, con el fundamento de que la conducta pasiva y el consentimiento sobre el desarrollo del proceso ante la jurisdicción que se considera incompetente, implica aceptación tácita de ésta.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- III. ANALISIS DEL CASO CONCRETO
- al suscribir compromisos con los representantes de la misma, de forma voluntaria se sometieron a la justicia que se imparte en ese lugar,
- se evidencia que los hechos ilícitos que se investigan, se suscitaron en la zona de Lloquemayu, en consecuencia el ámbito territorial también concurre.