Los suscritos Magistrados muestran su discrepancia con los argumentos expuestos en la SCP 0031/2015 de 12 de marzo; por ende, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo) exponen los motivos que la sustentan.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados muestran su discrepancia con los argumentos expuestos en la SCP 0031/2015 de 12 de marzo; por ende, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo) exponen los motivos que la sustentan.

Fecha: 12-Mar-2015

a)

a)    Las normas demandadas no contemplan el plazo otorgado al Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) para notificar al Viceministerio de Tierras con las resoluciones administrativas finales de saneamiento, dando lugar a impugnaciones de resoluciones que son de data antigua; aspecto, que provoca inseguridad jurídica.