Los suscritos Magistrados muestran su discrepancia con los argumentos expuestos en la SCP 0031/2015 de 12 de marzo; por ende, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo) exponen los motivos que la sustentan.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados muestran su discrepancia con los argumentos expuestos en la SCP 0031/2015 de 12 de marzo; por ende, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo) exponen los motivos que la sustentan.

Fecha: 12-Mar-2015

Interpuesta por:         Gabriela Cinthia Armijo Paz

Interpuesta por:         Gabriela Cinthia Armijo Paz y Juan Ricardo Soto Butrón, Magistrados de la Sala Primera del Tribunal Agroambiental, demandando la inconstitucionalidad de la Disposición Final Vigésima del Decreto Supremo (DS) 29215 de 2 de agosto de 2007 y el inc. f) del art. 110 del DS 29894 de 7 de febrero de 2009, por supuestamente contravenir los arts. 9.2, 115.II y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE).