SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0252/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0252/2015-S3

Fecha: 11-Mar-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 11 de agosto de 2014, se resolvió su solicitud de cesación a la detención preventiva, la cual fue rechazada por el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal del Departamento de La Paz -ahora demandado- por lo que interpuso recurso de apelación en la misma audiencia, el cual se encuentra demorado al no haberse remitido antecedentes ante el tribunal de alzada, conforme el art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), lo que genera una dilación indebida, vulnerado sus derechos al debido proceso, defensa, juez natural, el principio de seguridad jurídica, celeridad procesal y generando un estado arbitrario de detención preventiva.