SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0261/2015-S3
Fecha: 11-Mar-2015
concedió
El Juez Séptimo de Partido Sentencia Penal y Liquidador del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 11/2014 de 18 de agosto, cursante de fs. 21 a 24, concedió la tutela solicitada, sin responsabilidad por ser excusable, ordenando que el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal, señale audiencia para considerar la cesación de la detención preventiva del accionante, en el término de tres días a partir de su legal notificación, con el fundamento de que, hasta la fecha no fue resuelta la solicitud de audiencia de cesación de detención preventiva y por el movimiento que tuvo el proceso -de conocimiento de diversos jueces-, el petitorio demandado no se resolvió oportunamente.
- acción de libertad
- a)
- concedió
- II.I
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1° CONFIRMAR