SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0291/2015-S3
Fecha: 19-Mar-2015
a)
Ximena Palacios Fernández, Secretaria Abogada del Juzgado Décimo de Instrucción en lo Penal del Departamento de La Paz -hoy codemandada-, mediante informe escrito presentado el 23 de agosto de 2014, cursante a fs. 12, señaló lo siguiente: a) Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Sergio Ariel Tapia Palacios -ahora accionante-, por la presunta comisión del delito de robo, se llevó a cabo la audiencia de medidas cautelares; en razón a ello, adjuntó al cuaderno de control jurisdiccional el acta y la Resolución respectiva; y, b) Informó que la autoridad judicial actualmente demandada, se encuentra suspendida de sus funciones, razón por la cual su persona no pudo contactarse con el fin de poner en conocimiento la presente acción de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- que la acción sea dirigida contra la autoridad, funcionario o persona que cometió el acto ilegal u omisión indebida que atenta contra el derecho a la libertad, o a la vida, ya sea a través de una persecución, procesamiento o detención ilegales o indebidas
- III.2.
- CONFIRMAR