SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0291/2015-S3
Fecha: 19-Mar-2015
II.1.
II.1. La Resolución 44/2014 de 20 de enero, firmada por Marcela Siles Jaksic, Jueza Décima de Instrucción Penal del departamento de La Paz, ante la Secretaria Abogada del Juzgado referido, Ximena Palacios Fernández -ambas demandadas dentro de la presente acción de libertad-, aceptó un procedimiento inmediato, otorgándole cuarenta y cinco días al Fiscal para que presente requerimiento conclusivo sin necesidad de conminatoria previa; en consecuencia, dispuso la detención preventiva de Sergio Ariel Tapia Palacios -actualmente accionante- en el Penal de “San Pedro” de La Paz, indicando asimismo que las partes quedaban legalmente notificadas con el fallo, teniendo setenta y dos horas para apelar. (fs. 20 y 21).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- que la acción sea dirigida contra la autoridad, funcionario o persona que cometió el acto ilegal u omisión indebida que atenta contra el derecho a la libertad, o a la vida, ya sea a través de una persecución, procesamiento o detención ilegales o indebidas
- III.2.
- CONFIRMAR