SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0296/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0296/2015-S3

Fecha: 25-Mar-2015

estado de desconocimiento total del procesado acerca de su juzgamiento por una omisión deliberada o no del juzgador,

Por otra parte, se evidencia que el hoy accionante tenía conocimiento absoluto del proceso, prueba de ello es que estuvo presente en las audiencias celebradas el 13, 19 y 22 de junio de 2012, e incluso en esta ultima su abogado defensor interpuso el incidente de nulidad de actividad procesal defectuosa; situación que amerita a concluir que en cualquier instante este pudo ejercer su derecho a la defensa, por ello no se encontró en absoluto estado de indefensión, así la SC 0159/2004-R de 4 de febrero, establece que el estado de indefensión es aquel: “...estado de desconocimiento total del procesado acerca de su juzgamiento por una omisión deliberada o no del juzgador, lo que significa que, cuando el procesado acude a esta jurisdicción a fin de que se le otorgue tutela por indefensión, deberá demostrar que jamás tuvo conocimiento del proceso, sólo así podrá viabilizar su tutela de forma favorable, ya que de encontrar un elemento de convicción que asegure el criterio de este Tribunal que el recurrente tuvo conocimiento oportuno del proceso al que fue sometido, le será negada la tutela” (las negrillas nos pertenecen), circunstancia que impide el análisis de la presente acción de libertad.

En ese contexto, se establece en el caso concreto que el acto lesivo denunciado relacionado a la conformación irregular del Tribunal de Sentencia, no es la causa directa para algún tipo de restricción de la libertad física o de locomoción y tampoco se advierte que el ahora accionante se haya encontrado en algún momento en absoluto estado de indefensión; por ello se concluye, que al denunciar esa supuestas lesión al debido proceso, no cumplió con los dos requisitos señalados por la jurisprudencia constitucional, lo que significa que este Tribunal Constitucional Plurinacional se encuentra imposibilitado de ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada.

Finalmente, se advierte que el hoy accionante también alega la existencia de persecución indebida; sin embargo, de la revisión de antecedentes se advierte que en virtud a la Sentencia condenatoria emitida dentro del proceso penal seguido contra Belizario Fernández Patzi, la Jueza Técnica del Tribunal Quinto de Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz, emitió el mandamiento de condena contra el imputado -ahora accionante-, actuación que permite corroborar la existencia de un mandamiento que especifica la determinación final de la autoridad judicial competente, lo cual impele a la denegatoria de la presente acción.