AUTO CONSTITUCIONAL 0086/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0086/2015-RCA

Fecha: 10-Abr-2015

I.5. Síntesis de la impugnación

Refirió que, la Resolución que determinó la improcedencia de la acción, no consideró que en el memorial de demanda, expuso que al Auto de 18 de septiembre de 2014, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, no le asiste ningún medio legal de impugnación ordinaria, por lo que no se incumplió con el principio de subsidiariedad. Por otra parte, no corresponde queja por demora o incumplimiento de la SCP 0426/2014 de 25 de febrero, dado que la misma fue cumplida, con la emisión de la Resolución FDB 295/2013, misma que no fue anulada por el Tribunal Constitucional Plurinacional; asimismo, en la acción se enuncian derechos y garantías vulnerados, que no pueden ser reparados mediante un recurso de queja.