Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0136/2015-CA
Fecha: 09-Abr-2015
Juez Cuarto de Partido de Familia del departamento de Santa Cruz
En consulta la Resolución 05/15 de 9 de febrero de 2015, cursante de fs. 13 a 15, pronunciada por el Juez Cuarto de Partido de Familia del departamento de Santa Cruz, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Luzgarde Alcantara Abdar, demandando la inconstitucionalidad del art. 109.II y Disposición Transitoria Segunda del Código de Familias (CF), por ser presuntamente contrarios a los arts. 65 y 123 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Juez Cuarto de Partido de Familia del departamento de Santa Cruz
- a)
- 1)
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- la carencia absoluta de fundamentos jurídico constitucionales alude a una operación argumentativa ineludible, basada en razonamientos constitucionales que sean suficientes de acuerdo al caso concreto que se analiza, para germinar una duda sobre la adecuación de la norma demandada a los valores, principios y normas de la Constitución
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR