Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0151/2015-CA
Fecha: 23-Abr-2015
en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes
En tal sentido, el art. 73.2 del Código Procesal Constitucional (CPCo), establece que la acción de inconstitucionalidad concreta procederá: “… en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales” (las negrillas nos corresponden).
- Contralor General del Estado a.i.,
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- Fragmento 3
- en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes
- en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aún en recurso de casación y jerárquico
- II.3. Análisis del caso concreto