AUTO CONSTITUCIONAL 0151/2015-CA
Fecha: 23-Abr-2015
Fragmento 3
Por Resolución CGE/040/2015 de 24 de marzo, cursante de fs. 53 a 56, pronunciada por el Contralor General del Estado a.i., que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, fundamentando que conforme las conclusiones del Informe Legal LC/L001/M15 de 25 de marzo, emitido por la Gerencia de Servicios Legales de Cochabamba, los elementos y argumentos presentados por el accionante, no son suficientes ni válidos para la interposición de la acción de inconstitucionalidad concreta; toda vez que, no se considera que el art. 20 inc. e) de la LPGE - Gestión 2010, aplicable al Informe Preliminar de Auditoria EC/EP06/A14-R1, por efecto del art. 41 de la LPGE -Gestión 2011, no es contario a los preceptos constitucionales invocados.
- Contralor General del Estado a.i.,
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- Fragmento 3
- en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes
- en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aún en recurso de casación y jerárquico
- II.3. Análisis del caso concreto