AUTO CONSTITUCIONAL 035/2015-CA-S
Fecha: 13-Abr-2015
I.1
Por memorial presentado el 7 de abril de 2015, Thomas Robert Dietze, Director Ejecutivo de la “FUNDACIÓN CENTRO MULTIFUNCIONAL ADOLFO KOLPING” a través de su representante legal, dentro de la acción de amparo constitucional instaurada contra los Magistrados de la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, Vocales y ex Vocales de la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, solicitó que se conceda las medidas cautelares impetradas, dejando sin efecto cualesquier mandamiento de apremio expedido contra el accionante u otros representantes de la mencionada Fundación, así como otra medida coercitiva, hasta que la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, se pronuncie sobre la impugnación a la declaratoria de improcedencia y/o rechazo, o en su caso hasta que el Tribunal de garantías se pronuncie en el fondo del asunto, disponiendo en consecuencia la notificación al Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social del departamento de Santa Cruz, para su cumplimiento.