SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0344/2015-S2
Fecha: 08-Abr-2015
: a)
Moisés Chaile Vilte, Juez Décimo Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, presentó informe escrito cursante a fs. 32 y vta., en el que sostiene lo siguiente: a) El accionante alegó que se lesionó el derecho a la defensa, en razón de que se tomó su declaración informativa sin la presencia de su abogado defensor, negándole de esta manera la posibilidad de acceder a una defensa técnica; b) El 13 de septiembre de 2014, en audiencia pública de aplicación de medidas cautelares, previa valoración de antecedentes y fundamentación de las partes, se dispuso la aplicación de detención preventiva del imputado Lindon Suárez Velarde, en el Centro de Rehabilitación de Santa Cruz “Palmasola”, por concurrir los presupuestos procesales, previstos en los arts. 233.1 y 2, 234.1, 2, y 235.2 del Código de Procedimiento Penal (CPP); c) Que en dicho acto procesal el imputado se encontraba asistido de su abogado defensor, donde éste no denunció y/o presentó incidentes de defecto absoluto por violación al derecho a la defensa; y, d) Si la Resolución le causó un supuesto agravio, la defensa técnica del imputado debió de interponer recurso de apelación a la Resolución de imposición de medidas cautelares, a efecto de que el Tribunal de alzada pueda revisar la resolución.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- : a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Primer supuesto:
- Segundo Supuesto:
- Tercer supuesto:
- III.2. Recurso de apelación incidental como medio idóneo para impugnar las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19