Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0344/2015-S2
Fecha: 08-Abr-2015
II.2.
II.2. El detenido preventivamente, ahora accionante, representado por Mary Luz Velarde García, interpone acción de libertad, alegando la vulneración de sus derechos y garantías constitucionales, entre ellos el derecho a la libertad, a la defensa y al debido proceso; solicitando la nulidad de todos los actos hasta el vicio más antiguo y se ordene su inmediata libertad (fs. 2 a 5).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- : a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Primer supuesto:
- Segundo Supuesto:
- Tercer supuesto:
- III.2. Recurso de apelación incidental como medio idóneo para impugnar las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19