SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0344/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0344/2015-S3

Fecha: 09-Abr-2015

denegó

La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 3 de septiembre de 2014, cursante de fs. 41 a 44 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) En la acción de amparo constitucional, la legitimación pasiva corresponde a la autoridad o servidor público que se presume incurrió en la omisión y ante la eventualidad de que la misma ya no ejerza el cargo, la demanda debe ser dirigida contra la ex autoridad y contra quien ejerce actualmente el cargo, el primero para fines de responsabilidad personal y el segundo para fines de responsabilidad institucional, y excepcionalmente si el accionante de buena fe, ignora el cambio de autoridad, la legitimación le corresponderá a la autoridad que incurrió en el acto u omisión; 2) La acción tutelar, fue dirigida contra Omar Delgado Zeballos, como si fuera Director Departamental del INRA Cochabamba a quien se le atribuyó legitimación pasiva, por considerarlo responsable de la vulneración del derecho; sin que el accionante hubiera demostrado que éste ejerce o ejerció la calidad de Director de dicha entidad; y contrariamente, fue Víctor Hugo Claure Hinojosa, actual Director a.i. de es Institución, quien presentó copia legalizada de su memorando de designación de 15 de octubre de 2012 y certificación emitida por el Responsable Administrativo Financiero del INRA Cochabamba, que señala que la persona demandada no cumple ninguna función en la mencionada institución; y, 3) No es posible aplicar las reglas excepcionales a la legitimación pasiva de autoridad y servidores públicos, puesto que el demandado no cumple ni cumplió las funciones de Director Departamental del INRA Cochabamba.