SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0372/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0372/2015-S1

Fecha: 21-Abr-2015

a)

Guillermo Rivero Mendoza y Sara Virginia Larrea de Rivero, a través de su abogado en audiencia, expresaron que: a) La acción de amparo constitucional aparentemente sería dirigida contra la Sentencia 196/2004 30 de abril, y no así contra el Auto Supremo emitido por las autoridades demandadas; b) En el proceso ordinario no solo se demandó la entrega del bien inmueble, aunque ésta es la petición principal, existen dos pretensiones más, la de mejor derecho propietario y la de daños y perjuicios; c) El derecho propietario fue debidamente probado ante el juez ordinario, por lo que lo principal en la demanda era la desocupación y la entrega; d) Las hoy demandantes de tutela interpusieron la presente acción, no por la vulneración de alguno de sus derechos, si no con el fin de lograr la anulación de la resolución; y, f) Los Magistrados de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, emitieron el Auto Supremo debidamente fundamentado.