SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0400/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0400/2015-S1

Fecha: 22-Abr-2015

Fragmento 4

Mediante Resolución 158 de 17 de septiembre de 2014, cursante de fs. 16 vta. a 18, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró la “improcedencia” de la acción planteada, con los siguientes fundamentos: 1) Como no se suscitó ninguna petición ni se planteó ningún incidente, sobre la cesación a la detención preventiva, no se ha causado ninguna lesión a los derechos del accionante; no obstante de lo expuesto, el Juez demandado remitió el expediente a conocimiento de la Jueza Décimo Segunda de Instrucción en lo Penal de este departamento; y 2) En el caso que se dilucida no se utilizaron los medios ordinarios que la ley le franquea al accionante, de modo tal que no se cumplió lo dispuesto en el art. 54 del Código Procesal Constitucional (CPCO).