Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0402/2015-S3
Fecha: 17-Abr-2015
III.4. Análisis del caso concreto
El accionante por medio de su representante, expresa la vulneración de sus derechos invocados en la acción de libertad interpuesta, alegando que, en cumplimiento de condena, solicitó autorización de salida médica, la cual fue ordenada por el Tribunal Sexto de Sentencia Penal del departamento de La Paz; sin embargo, la autoridad demandada, no hizo efectiva dicha orden judicial, argumentando falta de personal y de movilidad, no asignándole la respectiva escolta policial.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.1. La justicia constitucional se activa directamente cuando se acredite la amenaza al derecho a la vida
- III.2. Autoridades penitenciarias deben garantizar la protección del derecho a la vida de los privados de libertad
- III.3. La acción de libertad correctiva
- III.4. Análisis del caso concreto
- desde horas 8:00 a.m. hasta la conclusión de valoración de especialidades
- Fragmento 11