AUTO CONSTITUCIONAL 0133/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0133/2015-RCA

Fecha: 22-May-2015

I.4. Resolución del Tribunal de garantías

El Vocal de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, por decreto de 21 de abril de 2015, cursante a fs. 63, dispuso que con carácter previo a la admisión de la acción, la accionante subsane en el término establecido por el art. 30.I.1 del Código Procesal Constitucional (CPCo); indique los derechos vulnerados y la relación de causalidad de los mismos; es decir, establecer las exigencias escenciales para la apertura de la competencia.