Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0432/2015-S3
Fecha: 04-May-2015
II.1.
II.1. A través del registro en DD.RR., bajo la matrícula computarizada 7012010028997 de 25 de mayo de 2010, se acreditó que Germán Viruez Becerra -hoy accionante- y Gladys Vidal de Viruez, son propietarios de un lote de terreno en la zona este de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, UV 320, manzana 28, lote 7 (fs. 4).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional frente a las vías de hecho
- Sentencia analizó la problemática de las medidas de hecho, vinculada al ejercicio del derecho propietario y la existencia de procesos penales pendientes
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR