Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0463/2015-S1
Fecha: 12-May-2015
II.4.
II.4. A través de memorándum de 27 de octubre de 2014, emitido por Hugo Baldivieso Cardozo, Director Nacional de Seguridad Penitenciaria del Ministerio de Gobierno, dirigido a Gustavo Estrada Navia, Director de la “Penitenciaria de San Pedro” del departamento de Oruro, se dispuso, que para dar cumplimiento a la orden instruida emitida por el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del referido departamento, designe un funcionario policial para el efecto, quien deberá elevar informe de esta supervisión al Juez de la causa (fs. 24).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- celeridad,
- sin dilaciones
- hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, a través del cual lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR