SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0476/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0476/2015-S3

Fecha: 05-May-2015

denegó

El Juez Séptimo de Partido, de Sentencia Penal y Liquidador del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 13/2014 de 18 de octubre; cursante de fs. 26 a 28 vta., denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: 1) La etapa preparatoria concluye con la audiencia conclusiva, por lo que a partir de la radicatoria y del señalamiento del juicio oral el juez de sentencia asume el control jurisdiccional procesal, como así también de garantías; 2) Cualquier petitorio inherente a los distintos actos procesales tiene que ser solicitado al juez de sentencia; luego en caso que el acusado no estuviere de acuerdo con la resolución emitida por el juez, tiene el camino expedito para impugnar cualquier resolución; 3) Los recursos constitucionales no pueden ser sustituidos por los ordinarios; 4) El actual accionante en fecha anterior ya planteó acción de libertad bajo los mismos argumentos expuestos en la presente acción de defensa, misma que le fue denegada; y, 5) Por todo lo referido, se llegó a la conclusión que no existió infracción al debido proceso ni al principio de legalidad; por consiguiente, las autoridades demandadas, actuaron dentro del marco establecido en el Código de Procedimiento Penal.