SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0477/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0477/2015-S3

Fecha: 05-May-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 14 de octubre de 2014, en horas de la tarde se dirigió a la calle Sagárnaga y  Murillo, en busca de Magdalena Chura Mamani, con el fin de cobrar un monto de dinero del “Pasanaco” de su esposa; momento en el que vio un grupo de funcionarios policiales que estaban en el lugar donde habían encontrado facturas falsas y material que usaban para este hecho; al percatarse de su presencia le preguntaron porque estaba ahí y les explicó el porqué de su presencia, cuando los funcionarios policiales procedieron a requisarlo, no encontraron ningún elemento que lo involucre en el hecho que investigaban.

Indicó que, a pesar de no existir una relación con el hecho, fue detenido y llevado a oficinas de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), donde en horas de la noche lo pusieron a disposición de Elizabeth Zambrana Mercado, Fiscal de Materia, quien leyó sus derechos pero no tomaron su declaración informativa hasta el día siguiente. Adolfo Johan Muñoz Mejía, Fiscal de Materia de la División Económico Financiero, se hizo cargo del proceso y éste en horas de la tarde del 15 de octubre de 2014, lo remitió a celdas judiciales de Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, luego el 16 de igual mes y año, fue notificado con la Resolución de Imputación Formal en su contra y audiencia de medidas cautelares, señalada para el mismo día a horas 14:30 pm.

Manifestó que, en el presente caso no hubo flagrancia; toda vez que, Funcionarios de Impuestos Internos y los miembros del Centro Especial de Investigación Policial (CEIP), se presentaron en la calle Sagárnaga y Murillo con el fin de intervenir en las oficinas que se dedicaban a falsificar facturas a denuncia verbal de los funcionarios de Impuestos Internos .

Por otro lado, Elizabeth Zambrana Marcado, Fiscal de Materia, remitió el cuaderno de investigaciones ante Adolfo Johan Muñoz Mejía, Fiscal de la División Económico Financiero, quien no emitió ninguna orden fundamentada de aprehensión en su contra, limitándose a emitir solamente la Resolución de Imputación Formal ante el Juzgado cautelar de turno.