Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0486/2015-S1
Fecha: 15-May-2015
II.1.
II.1. Cursan contratos administrativos de consultoría, suscritos entre Basilio Nolvani Nojune, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de San Ignacio de Moxos y el solicitante de tutela, para la prestación de servicio de consultoría como Procurador Jurídico de la municipalidad, con fechas de vigencia, el primero, de 3 de abril al 31 de diciembre de 2011; el segundo de 3 de enero al 30 de abril de 2012; y el tercero de 2 de mayo al 31 de diciembre de 2012 (fs. 60 a 71).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho a la estabilidad laboral y la protección del trabajador progenitor hasta el año de edad de la hija o hijo
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR