Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0169/2015-RCA
Fecha: 26-Jun-2015
Fragmento 1
En revisión la Resolución de 25 de mayo de 2015, cursante a fs. 17 y vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Franz Limachi Tórrez contra Freddy Guillermo Canelas Arispe, Juez Sexto de Partido de Familia y Sandra Emma Cordón Martínez, Jueza Tercera de Instrucción de Familia, ambos del departamento de La Paz.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- por no presentada”
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- II.2. De los requisitos de admisión de la acción de amparo constitucional
- II.3. El petitorio en la acción de amparo constitucional
- la única relación de los hechos no es suficiente para fundamentar o precisar de qué manera éstos fueron vulnerados, suprimidos o restringidos
- CONFIRMAR