AUTO CONSTITUCIONAL 0216/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0216/2015-CA

Fecha: 05-Jun-2015

II.4. Análisis del caso concreto

Del análisis del caso y revisión del cumplimiento de requisitos previstos en el Código Procesal Constitucional; se tiene que, el accionante interpuso la presente acción dentro del proceso administrativo sancionador seguido en su contra, en el cual se emitió la Resolución Sancionatoria 10-00170-14 de 18 de agosto de 2014, basada en la Resolución que considera inconstitucional (Resolución Regulatoria 01-00005-14 de 31 de marzo).

En el caso de autos, se establece que el accionante si bien identificó la norma impugnada así como los preceptos constitucionales que considera infringidos, no explicó cómo cada uno de éstos resulta lesionado por           la norma cuya constitucionalidad se cuestiona, omitiendo realizar la correspondiente fundamentación jurídico-constitucional al no explicar con claridad la manera en que la misma, contradice todos los preceptos constitucionales considerados infringidos; tampoco, explicó la existencia de duda razonable fundamentada de manera sólida, aspectos por los cuales corresponde el rechazo de la presente acción normativa.    

Consecuentemente, se evidencia que los fundamentos utilizados en la presente acción no cumplen con los requisitos exigidos por el Código Procesal Constitucional, para que el órgano encargado del control normativo de constitucionalidad pueda considerar el fondo de lo solicitado, correspondiendo su rechazo de acuerdo a lo previsto en el art. 27.II inc. c) del CPCo.