AUTO CONSTITUCIONAL 0248/2015-CA
Fecha: 23-Jun-2015
Fragmento 1
En consulta la Resolución 006/2015 de 20 de mayo, cursante de fs. 55 a 60, pronunciada por la Ministra de Desarrollo Rural y Tierras, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, formulada por Julio Wiebe Friesen, David Wieler Peters y Jacob Friesen Hamm en representación legal de la comunidad campesina “Rio Negro”, demandando la inconstitucionalidad concreta contra la Disposición Final Primera de la Directriz ABT-01/2014, aprobada por Resolución Administrativa (RA) 095/2014 de 14 de abril, de la Autoridad de Fiscalización y Control de Bosques y Tierra (ABT), por ser presuntamente contrarios a los arts. 30, 56.I, 393, 394.II y 395.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- En las acciones de inconstitucionalidad, la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado
- II.3. Análisis del caso concreto
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada