Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0675/2015-S1 de 26 de junio; toda vez que, considera que se debió
Fecha: 26-Jun-2015
revocar
El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0675/2015-S1 de 26 de junio; toda vez que, considera que se debió revocar lo determinado por el Tribunal de garantías y en su mérito conceder la tutela solicitada; por los fundamentos jurídicos que pasan a exponer a continuación:
- revocar
- II. FUNDAMENTOS JURIDICOS DE LA DISIDENCIA
- II.2. La subsidiariedad y la inmediatez en la acción popular
- la acción puede ser presentada en tanto persista la lesión o la amenaza de lesión a los derechos e intereses colectivos; consiguientemente, no se contempla la existencia de un plazo de caducidad para esta acción de defensa
- I
- derechos e intereses colectivos