SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0546/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0546/2015-S1

Fecha: 01-Jun-2015

improcedencia

La Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 027/2014 de 4 de noviembre, cursante de fs. 83 a 85, declaro la “improcedencia” de la acción de amparo constitucional, sobre la base del siguiente fundamento: La propia parte accionante presentó en calidad de prueba la Resolución de 20 de octubre de 2014, que rechazó el recurso de revocatoria por falta de personería de quien intento apersonarse en nombre y representación del ahora accionante, pese a alegarse que se estuviese fuera de término, desvirtuando la supuesta vulneración de no haberse dado respuesta a su petición y en el que sustenta su argumento, de habilitarlo para apersonarse directamente a la instancia constitucional, teniendo claro que de acuerdo a lo establecido en el art. 65 de la LPA, una vez presentado el recurso de revocatoria y vencido el plazo de veinte días sin que se dicte resolución, lo habilitara para plantear el recurso jerárquico ante la instancia superior; en consecuencia, el accionante, no agoto la vía administrativa para luego interponer la presente acción de amparo constitucional.