SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0591/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0591/2015-S1

Fecha: 05-Jun-2015

denegó

La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 136/2014 de 4 de diciembre, cursante de fs. 324 a 327, denegó la tutela solicitada con los siguientes fundamentos: 1) Todo padre tiene derecho de visitar a sus hijos, pero como es deber primordial proteger el interés de la menor por mandato constitucional, decidió suspender momentáneamente las visitas; 2) Frente al derecho del accionante sobresalen los derechos de la menor, tomando en cuenta que se presentaron una serie de conflictos entre el accionante y su ex pareja que afectaron a su hija, la Jueza Segunda de Partido de la Niñez y Adolescencia consideró el interés superior de la menor y determinó la suspensión momentánea de las visitas, mediante Auto de 14 de mayo de 2014, el padre -ahora accionante- interpuso recurso de reposición bajo alternativa de apelación, que mereció resolución anulatoria; 3) Por lo que se encuentra pendiente de resolución la apelación incidental planteada, siendo esa la vía idónea para reclamar y no la constitucional; y, 4) Asimismo, no puede alegarse vulneraciones a los derechos de la menor; toda vez que, estando bajo la protección de la madre le corresponde a ella reclamar o en su caso a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del Municipio de Zongo y Hampuri.