SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0591/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0591/2015-S1

Fecha: 05-Jun-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Refiere que la autoridad judicial señalada, modificó la “Sentencia 46/11” que establecía horarios de visita a su hija menor, debido a que los funcionarios de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Zongo y Hampaturi, dispusieron que la menor MM este bajo la guarda y el cuidado de su abuela y tío materno, razón por la cual inició proceso penal contra los personeros por incumplimiento de deberes, quienes en represalia le iniciaron otro proceso penal por la supuesta comisión del delito de abuso sexual.

En conocimiento de ese injusto proceso la Jueza de la causa mediante proveído de 14 de mayo de 2014, suspendió las visitas a su hija, las mismas que se llevaban a cabo en su despacho en presencia de la progenitora y el psicólogo de la citada Defensoría de la Niñez y Adolescencia, por lo que interpuso recurso de reposición con alternativa de apelación; concedido el mismo fue resuelto mediante Resolución 369/14 de 29 de octubre de igual año, disponiendo anular obrados hasta “fs. 10”, ordenando a la Jueza antes mencionada, incluir las piezas procesales faltantes.