SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0606/2015-S3
Fecha: 17-Jun-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 28 de septiembre de 2014, en horas de la mañana, denunciaron que, José Rojas Carreño, Mario Molina Inocente y David Cuevas Arce, en calidad de dirigentes de la comunidad de Sarcocucho, convocaron a una reunión, en la cual instigaron a la gente para tomar sus tierras indicando: “…Compañeros no podemos esperar más, … hay que ir a posesionarnos de una vez las tierras de la familia Christie y Salazar Christie” (sic).
En la citada reunión, informaron que tenían su documentación debidamente saneada y registrada en Derechos Reales (DD.RR.) y que dichos actos arbitrarios constituyen delito y ante la concurrencia de cincuenta o sesenta personas aproximadamente, en estado de ebriedad, tuvieron que retirarse de dicha reunión.
En horas de la tarde, alrededor de las 14:00, incitando a otros comunarios, reventando petardos, con machetes y hachas, de forma violenta procedieron al avasallamiento de su propiedad, destruyendo y talando todos los arbustos, algarrobos y otras especies que existen en sus terrenos agrícolas, serranías, bosques y pastizales, con el firme propósito de quitarles sus propiedades, como consta del informe elaborado por el efectivo policial Oscar Ríos Castillo.
Posteriormente, el 30 de octubre de 2014, nuevamente las autoridades ahora demandadas, utilizando a jóvenes entre 14 y 18 años de edad y a comunarios de Sarcocucho, avasallaron su propiedad, amenazando, intimidando e insultando con el denominativo de “k'aras” por el solo hecho de ser de tez blanca, aprovechando que se encontraban en masa, procedieron a realizar levantamientos topográficos; frente a estos actos abusivos y arbitrarios, sus hijos Gilberto Hinojosa Christie y Karina Pinaya Salazar, pretendieron impedir dichos actos, pero fueron amenazados de muerte; por lo que, denunciaron a la policía de Capinota e inmediatamente el “Capitán Terceros” junto a los efectivos policiales de Irpa Irpa, se constituyeron en el lugar, quienes trataron de persuadir para que no cometieran el delito de avasallamiento, pero en cuanto éstos se retiraron, continuaron con el trabajo de levantamiento topográfico y colocado de mojones con el firme propósito de quitarles sus propiedades por la fuerza.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad y personas demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- III.2. Análisis del caso concreto
- DISPOSICIÓN TRANSITORIA-ÚNICA.
- REVOCAR