SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0609/2015-S1
Fecha: 05-Jun-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Se encuentra con detención preventiva en el Recinto Penitenciario de San Pedro del departamento de La Paz, por disposición de la autoridad hoy demandada, desde el 24 de agosto de 2012; es decir, dos años y tres meses, sin que hasta la fecha se haya definido su situación jurídica debido a que aparentemente se extravió su cuaderno de control jurisdiccional; es así, que ante la necesidad de contar con un patrocinio legal acudió al Servicio Plurinacional de Defensa Pública (SEPDEP) a efectos de que se realice el correspondiente seguimiento a su caso, por lo que, el 15 de octubre de 2014 solicito el desarchivo debido a que no se encontraba a la vista el expediente, pero desde entonces transcurrieron más de sesenta días sin obtener ningún tipo de respuesta.
Indica, existe una manifiesta retardación de justicia atribuible al Órgano Judicial, en razón de que ni siquiera se dictó sentencia, además se tiene por hecho que se superaron los límites temporales de la detención preventiva, en suma la Juez de la causa, al no ejercer un debido control jurisdiccional no observo las disposiciones legales aplicables al caso.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.1
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- ;
- A diferencia de las otras acciones tutelares, de modo general, la acción de libertad no se encuentra regida por el principio de subsidiariedad; sin embargo, dicha regla admite una excepción cuando el afectado previo a interponer este medio de defensa, tenía a su alcance otras vías ordinarias o medios idóneos de impugnación, más oportunos y eficaces que el presente mecanismo para el restablecimiento de sus derechos supuestamente restringidos, suprimidos o amenazados
- debe impugnar tal conducta ante el juez instructor, que es el órgano jurisdiccional que tiene a su cargo el control de la investigación,
- no solamente persigue la activación previa de un mecanismo idóneo y más expedito para la reparación del derecho conculcado, sino también materializa la función del juez cautelar como autoridad jurisdiccional bajo quien se encuentra el control del desenvolvimiento de los actos de investigación que realizan tanto fiscales como funcionarios policiales,
- por ello, toda persona involucrada en una investigación que considere la existencia de una acción u omisión que vulnera sus derechos y garantías, entre las cuales el derecho a la libertad debe acudir ante esa autoridad
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- CONFIRMAR