SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0615/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0615/2015-S1

Fecha: 15-Jun-2015

a)

La accionante, ratificó el tenor integro de la acción de amparo constitucional y ampliando la misma manifestó que: a) Fue notificada el 19 de mayo de 2014, con un memorándum, el cual determinó su destitución, al señalar que se habría confirmado la Resolución dictada por el Fiscal Sumariante y que de acuerdo a la Resolución Jerárquica 354/2013, se dispuso su destitución; b) Ingreso a la Fiscalía el 20 de enero de 2010, realizando labores en varias provincias hasta llegar finalmente a la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), donde se encontraba a cargo de siete divisiones, además de llevar adelante todos los juicios y acusaciones presentadas en la ciudad de El Alto; c) Se le notificó con un informe, para que señale donde se encontraba un cuaderno de investigaciones y el mismo ya contaba con sentencia y proceso concluido, y no tuvo tiempo para responder, por esa razón le iniciaron un  proceso disciplinario, sin tomar en cuenta la carga procesal que tenía; d) Cuando fue notificada con la sanción de destitución, interpuso el recurso jerárquico ante el Fiscal Sumariante, quien le indicó que el cuaderno ya fue remitido a la ciudad de Sucre; y, e) Un memorándum, no puede dar fe de una Resolución de destitución.