SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0632/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0632/2015-S3

Fecha: 11-Jun-2015

a)

El accionante por medio de su representante, ratificó in extenso los términos expuestos en su memorial de interposición de la presente acción de defensa y ampliándolos, refirió que: a) Dentro del proceso penal se otorgó medidas sustitutivas a su hermana y a él; empero, a su persona se le impuso también un custodio; b) El 1 de septiembre de 2014, solicitó al Juez hoy demandado la emisión del mandamiento de libertad; sin embargo, dicha autoridad judicial señaló que debe cumplir con la medida del custodio impuesta, entregándole recién ayer -2 de igual mes y año- el oficio para que se pueda efectivizar ante la oficina correspondiente, que de seguro tardará dos días, con una respuesta negativa, pues la policía carece de efectivos policiales; es decir, se encuentra detenido únicamente por el incumplimiento a un acto administrativo; asimismo, el Juzgador demandado no tomó las medidas urgentes tendientes a lograr la eficacia de su resolución, existiendo dilación, puesto que su persona cumplió con las medidas impuestas dentro de las setenta y dos horas -en la fecha anteriormente señalada-; y, en aplicación del art. 250 del CPP (Código de Procedimiento Penal), dicha autoridad pudo disponer su libertad, existiendo el riesgo que la otra parte pueda pedir la revocatoria de esas medidas; y, c) Apelaron la resolución de aplicación de medidas cautelares.