SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0668/2015-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0668/2015-s2

Fecha: 10-Jun-2015

1)

María Isabel Galleguillos Arce, Registradora Departamental de DD.RR. de La Paz, por informe escrito, cursante de fs. 87 a 88 vta., señaló: 1) De los folios reales con matrículas 2.11.1.01.0000201, 2.11.1.01.0000200 y 2.11.1.01.0000199, que fueron presentados por la accionante, se establece con claridad que el registro se encuentra bajo la jurisdicción y competencia del Subregistrador de DD.RR. de Coroico, es más, “la firma de legalización de dichos documentos le corresponden a Humberto Chuquimia Durán en su condición de Sub-Registrador Provincial de Derechos Reales de Coroico”, y, como Registradora Departamental de DD.RR. de La Paz, no tuvo conocimiento, ni participación alguna en el registro, tanto de la transferencia de los referidos bienes inmuebles a favor de la accionante, como en los registros de los gravámenes hipotecarios efectuados a favor de la Gerencia de GRACO de La Paz, trámites que fueron presentados en su integridad en la oficina de DD.RR. de Coroico; los subregistradores provinciales tienen la competencia de expedir a nombre del Estado los folios reales correspondientes a inscripciones de cualquier derecho real que signifiquen modificación en el registro, no así en las oficinas de la Registradora Departamental de DD.RR.; conforme lo establecido en el inc. b) del art. 89 del Decreto Supremo (DS) 27957, las funciones de los registradores departamentales, provinciales y zonales se limitan por el ámbito de su jurisdicción; y, 2) En mérito a la competencia y autonomía de función el art. 91 del DS 27957, determina que de acuerdo a los arts. 1565 del Código Civil (CC) y 35 de la Ley 1178, todos los funcionarios de las oficinas registradoras de DD.RR., al ser servidores públicos, están sujetos a la responsabilidad administrativa, civil y penal, aparte de la disciplinaria que corresponda por los actos u omisiones en que incurran violando las disposiciones legales reglamentarias y administrativas.