SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0680/2015-S2
Fecha: 10-Jun-2015
a)
Rosmery Lourdes Pabón Chávez, Jueza de Instrucción en lo Penal Liquidadora del departamento de La Paz, mediante informe escrito de 31 de diciembre de 2014, cursante de fs. 253 a 254, expresó lo siguiente: a) El 10 de mayo de 2001, el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal, admitió demanda penal contra Clovis Julián Hervoso Torrez -ahora accionante-, por el delito de giro defectuoso de cheque; b) Mediante Sentencia condenatoria 324/03 de 11 de septiembre de 2003, se declaró al accionante, autor del delito de giro defectuoso de cheque, condenándolo a cumplir la pena privativa de libertad de cuatro años de reclusión en el recinto penitenciario de San Pedro y multa de sesenta días, más el resarcimiento del daño civil y costas; c) Por Auto de 6 de febrero de 2004, se declaró plenamente ejecutoriada la Sentencia 324/03; d) El 12 de noviembre de 2010, el querellante solicitó mandamiento de condena, por la existencia de sentencia condenatoria ejecutoriada contra el accionante, expidiéndose el mismo; e) De lo anterior, se evidencia la existencia de fallos ejecutoriados referente a la Sentencia condenatoria 324/03 del ahora accionante; por lo que, si bien se ha expedido el mandamiento de condena, fue por dicha razón; y, f) En ese contexto, actuó conforme a los datos proceso y al procedimiento; sin embargo, el ahora accionante, interpuso una acción de libertad en su contra, la cual fue denegada por la Jueza Cuarta de Sentencia Penal, Susana Elizabeth Leyton Quiroga, según Resolución 14/2010 de 6 de diciembre.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la identidad de sujeto, objeto y causa en la acción de libertad
- se concluye que cuando este Tribunal conoce en revisión una acción tutelar y evidencia que el recurrente acudió en una segunda oportunidad a la jurisdicción constitucional, a través del recurso de hábeas corpus, estableciéndose con tal actuación la existencia de identidad absoluta de sujetos (partes: recurrente y recurrido), objeto (pretensiones del actor) y causa (hechos o supuestos fácticos en que se fundó la demanda), o que el actor hubiese incoado antes la misma acción, con idéntico propósito y por iguales motivos, aunque contra distintas autoridades, -en este último supuesto constatándose sólo la identidad parcial de los sujetos procesales-, este Tribunal, en ambos supuestos, está impedido de ingresar al fondo de uno de los recursos;
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo