SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0694/2015-S3
Fecha: 22-Jun-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Pese a ser de conocimiento del Fiscal de Materia -hoy demandado- la mencionada Resolución; en virtud al memorial de ampliación presentado por la parte querellante, decidió ampliar las investigaciones contra directores, accionistas y funcionarios de la empresa “DICSA BOLIVIA” S.A.; solicitando el 9 de octubre de 2014, al Juez cautelar, autorización para efectuar el allanamiento del lote de terreno donde funcionan las oficinas comerciales de la referida empresa, con facultades de aprehensión y secuestro de documentación.
Sin embargo, la autoridad fiscal, sin tener autorización judicial alguna, en horas de la tarde -del 13 de octubre de 2014-; intentó allanar ilegalmente el referido lote de terreno, amenazando con aprehenderles en cualquier momento; ejerciendo indebido procesamiento y persecución, toda vez que no se les notificó con la querella, su ampliación u otro actuado, pretendiendo investigar hechos presuntamente ocurridos antes de la vigencia de la Ley 477 Contra el Avasallamiento y Trafico de Tierras, sin que exista mínimos indicios de su autoría o participación.