SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0697/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0697/2015-S1

Fecha: 26-Jun-2015

concedió

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 93/2014 de 28 de enero, cursante de fs. 25 a 27 vta., concedió la tutela de la demanda de acción de libertad, disponiendo que la autoridad demandada de cumplimiento a las resoluciones emitidas por las autoridades respectivas, sea en el trascurso del día, previo cumplimiento de las formalidades establecidas, y con relación a lo manifestado en audiencia se remita antecedentes completos tanto del acta, como del cuaderno respectivo al Ministerio Público para efectos de la investigación respectiva; bajo los siguientes fundamentos: a) La Resolución 570/2014 de 13 de noviembre, y la segunda Resolución 591/2014 de 21 de noviembre, emanadas por las autoridades competentes, son de carácter obligatorio; por lo que, la autoridad demandada debió dar cumplimiento a estas decisiones, mucho más cuando se tenga que definir situaciones jurídicas como en el presente caso, cuando involucren el derecho a la libertad, a la salud, principios constitucionales que se encuentren plasmados en la Norma Suprema; b) La Directora el Recinto Penitenciario Femenino de “Miraflores”,  tuvo el tiempo suficiente para hacer las averiguaciones o investigaciones para determinar si la accionante tenía o no otro proceso; c) En el presente caso no solo se estaba jugando con la libertad de la hoy demandante, sino con uno de los derechos fundamentales de toda persona que es el derecho a la salud, ya que la misma acredito un estado sumamente delicado, elemento que debió haber sido valorado; d) Se observó que la ahora demandada asumió una posición negativa en cuanto a realizar el cumplimiento de los mandamientos citados; y, e) Restringió al derecho que tiene todo ciudadano de acceder a la libertad, una revisión médica y preservar su salud, generando de esta manera una violación a sus derechos citados.